SOAT: ¿BENEFICIO COLECTIVO O CARGA INDIVIDUAL?
por Teresa Venialgo
Con el reciente nombramiento de Adriana Jazmín Bernal como la nueva Superintendente de Seguros del Banco Central del Paraguay, la misma resalta que se encuentra dentro de la agenda de prioridades el impulso de la reforma legal del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT). Contrario a un enfoque liberal que valora la libre elección de todo individuo, la autonomía de la voluntad y cuestiona la intervención estatal, su enfoque plantea un giro hacia una perspectiva más coercitiva, subrayando la necesidad de un intervencionismo estatal en contraposición a la libre elección individual. Este cambio en la dirección política convierte la imposición del SOAT en un tema de debate.
Lo planteado por la nueva Superintendente se contrapone a la perspectiva de una sociedad libre, que valora al individuo y aboga por su libertad de elección, se rehúsa a la imposición estatal debido a la desmesurada corrupción, el poco cuidado al uso de los fondos públicos, por consiguiente es necesario considerar otros punto. En primer lugar, la obligatoriedad del SOAT plantea interrogantes sobre la necesidad de imponer una medida que podría ser resuelta a través de la autonomía de cada individuo en la toma de decisiones relacionadas con su seguridad vial y patrimonial.
Otro punto a considerar es que, Paraguay sigue siendo uno de los pocos países de América que aun no cuenta con la obligatoriedad del SOAT y por ende, es crucial reconocer que el mercado asegurador actual opera sin la obligatoriedad de la misma, teniendo en cuenta que, según datos del Banco Central del Paraguay, en nuestro país existen más de treinta Compañías de Seguros, setenta y dos Corredoras de Seguros, treinta y dos Liquidadores de Siniestros, más de mil doscientos Agentes de Seguros y ciento treinta y cinco reaseguradoras internacionales vigentes, sin contar las reaseguradoras nacionales, demostrando así la capacidad del mercado asegurador para proporcionar opciones viables y competitivas en un mercado no intervenido. La diversidad de ofertas, la relación de precio, calidad y la competencia entre compañías que permitan a los consumidores elegir planes que se adapten a sus necesidades y presupuestos, sin imposiciones externas.
Asimismo, la obligatoriedad del SOAT podría analizarse como una interferencia innecesaria, considerando que aquellos que valoran su seguridad, ya cuentan con acceso a una variedad de opciones de seguros voluntarios y con la facultad de decidir si desean adquirir un seguro y qué tipo de coberturas prefieren, basados en un sistema de libertad de elección y sin imposiciones gubernamentales, funcionando así en perfecta armonía el libre mercado de la oferta y la demanda.
A su vez, es crucial reconocer que este articulo no niega en absoluto las consecuencias que acarrea los accidentes de tránsito, entre ellas las consecuencias económicas y el considerable porcentaje que el estado paraguayo destina de los impuestos que pagan todos los contribuyentes, siendo aproximadamente el 3% del PBI destinado a los accidentados a causa de los siniestros, señalando un desafío en la búsqueda de un equilibrio entre la seguridad pública y la autonomía de la voluntad individual, lo que agrega una complejidad al tema de debate.
En el siguiente punto a considerar, bien es necesaria la configuración de políticas públicas efectivas, pero antes de imponer medidas adicionales como la obligatoriedad del SOAT, es necesario primero abordar la absoluta falta de educación vial de la sociedad y el desconocimiento de las normas de tránsito, así como las deficiencias en la aplicación de las leyes existentes, como la falta de aplicabilidad efectiva de la Ley 5016/14 Nacional de tránsito y Seguridad Vial, el fortalecimiento de la legislación de tránsito pueden contribuir significativamente a mejorar la seguridad vial y la responsabilidad individual sin recurrir a medidas coercitivas.
Además, la revisión y mejora de la legislación penal son fundamentales considerando que la misma es extremadamente garantista, por lo que requieren atención prioritaria, puesto que, debe establecerse un marco legal sólido que aborde adecuadamente las consecuencias de los accidentes de tránsito y garantice la justicia en casos de omisión, negligencia, mala conducta o algún incumplimiento de las normas establecidas, misma la efectiva aplicación de las Penas, las Medidas de Seguridad, como la cancelación de la Licencia de Conducir establecida en los casos graves de accidentes de tránsito.Con respecto a la Responsabilidad civil, la misma se encuentra estipulada dentro del marco normativo vigente que es el Código Civil, y su aplicación depende a instancias de las partes afectadas, quedando al arbitrio de un tercero imparcial, que es el juez, la decisión de obligar al culpable a reparar, resarcir y/o indemnizar el daño ocasionado, sea esta moral o material. También se debe tener en cuenta que, existen otras instancias de resolución de conflictos en materia civil que lastimosamente son poco conocidas y utilizadas como, la mediación, la conciliación y el arbitraje, estos últimos ayudan al descongestionamiento del Sistema judicial, así como la celeridad en la resolución de los casos sin intermediación estatal.
Asimismo, las autoridades y/o los representantes del estado tienen absoluta responsabilidad por las numerosas muertes, además de cuantiosos daños materiales causados por las pésimas condiciones en que se encuentran las calles en todo el territorio nacional. Por otra parte, cabe mencionar la falta de caminos alternativos dentro de la capital que ayude a descongestionar el problemático tránsito y que pueda contribuir a calmar los nervios de los automovilistas en horario pico, por ende, es esencial que el gobierno priorice la mejora de la infraestructura vial, ya que, ¿Cómo podría imponer el cumplimiento de nuevas obligaciones al ciudadano, cuando el mismo no cumple con sus propias obligaciones como estado, según el imaginario Contrato Social?
Igualmente es fundamental hablar sobre el deplorable servicio del transporte público y que en el país no existe un sistema de transporte alternativo y mucho menos eficiente para que al menos el contribuyente tenga la posibilidad de optar la forma de trasladarse de un lugar a otro, que para colmo de males, además de abonar con sus impuestos los famosos subsidios al transporte público, debe pagar un pésimo servicio y recibir un pésimo trato de estos seudo empresarios, sin olvidar que se cuelgan del estado sin ninguna implementación de mejoras al servicio que brindan, esto hablando únicamente de capital y central, por lo que, mejor ni hablar de lo que sucede después de Calle Última donde para muchos el país termina. Por último, pero no menos importante si las autoridades están tan preocupadas por la seguridad vial, acaso no deberían exigir a las concesionarias el cumplimiento de estándares mínimos de calidad y seguridad, ya que la mayoría de los vehículos vendidos en Latinoamérica no cuentan con los mismos según las pruebas ofrecidas por Latín NCAP, por ello es fundamental que estado adopte regulaciones similares a las del mercado europeo y americano donde se realizan rigurosas pruebas de calidad y seguridad antes de que un vehículo pueda salir al mercado, por ello antes de imponer, el gobierno debe asegurarse de solucionar los problemas existentes de infraestructura vial, transportes alternativos y seguridad automotriz.
En resumen, tomando en cuenta lo mencionado, el enfoque aboga por la responsabilidad individual, permitir a las personas tomar decisiones informadas sobre su seguridad vial fomenta una mayor conciencia y responsabilidad personal, la obligatoriedad del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito plantea desafíos significativos y dudas sobre la necesidad de limitar la libertad de elección. La resistencia a esta imposición se fundamenta en la búsqueda de soluciones más eficientes. Además, el sector asegurador actual demuestra que la competencia y la diversidad de opciones pueden funcionar de manera eficiente para atraer a los consumidores, mejorando la calidad y la accesibilidad de los seguros de accidentes de tránsito de manera orgánica, sin intervenciones gubernamentales obligatorias como hasta ahora ha funcionado en el mercado paraguayo.